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URB_010 - Declaración Responsable de Primera Ocupación de Edificaciones o Instalaciones

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URB_010 - Declaración Responsable de Primera Ocupación de Edificaciones o Instalaciones

La licencia municipal de ocupación es el acto que reconoce y ampara la aptitud para el uso de las edificaciones. Tiene por objeto comprobar la adecuación de la obra ejecutada al proyecto para el que fue concedida la licencia municipal de edificación.

La primera ocupación de las edificaciones y las instalaciones, concluida su construcción, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación, está SUJETA A DECLARACIÓN RESPONSABLE.

Documentación a aportar

  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Acta de recepción de la obra
    • Alta de obra nueva en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o el último recibo de contribución donde conste la obra nueva.
    • Certificado de la compañia o entidad suministradora de haber abonado los derechos de las acometidas generales de suministro de AGUA, por lo que dichos servicios están a disposición de ser contratados.
    • Certificado de la compañia o entidad suministradora de haber abonado los derechos de las acometidas generales de suministro de ENERGÍA ELÉCTRICA, por lo que dichos servicios están a disposición de ser contratados.
    • Certificado final de la dirección de obra, suscrito por los técnicos competentes i visado por los colegios profesionales correspondientes
    • Certificado Gestión de Residuos o la innecesariedad del mismo.
      • Cetificado de la Gestión de Residuos conforme al art. 7 del RD 105/2008
    • DECLARACIÓN RESPONSABLE - PRIMERA OCUPACIÓN DE EDIFICACIONES O INSTALACIONES
    • Justificante de haber abonado la tasa municipal, de acuerdo con la correspondiente Ordenanza Fiscal
      • En la autoliquidación deberá seleccionar el código 666
        www.benaguasil.eu Apartado (AUTOLIQUIDACIONES)
      • Pagar Recibo OnLine
        En caso de tener algún problema con la pasarela de pago, se puede realizar el pago en una entidad financiera con la autoliquidación expedida.

 

  • Si la solicitud de licencia se realiza en nombre de otra persona física o jurídica.
    • Autorización representacion en los trámites

 

  • Si el solicitante es persona jurídica.
    • Escritura constitutiva o documento análogo

 

  • Si se han ejecutado modificaciones al proyecto inicial de obras.
    • Certificado emitido por Técnico competente en materia de la edificación
      • Certificado emitido por Técnico competente en materia de la edificación en el que se indica que el edificio o parte del mismo que se desea ocupar, susceptible de uso individualizado, se ajusta a las condiciones de habitabilidad recogidas en la normativa aplicable y que se exigen para el uso al que se destina
    • Proyecto de ejecución final, suscrito por el facultativo competente y visado por el colegio correspondiente.

 

  • Si existe conexión a las redes separativas.
    • Certificado de conexión a las redes separativas y plano de dichas redes suscritos por el técnico Director de las obras y visado por el colegio correspondiente

 

  • Si la edificación esta acogida al régimen de propiedad horizontal
    • Certificado final de obra de infraestructura común de telecomunicación,suscrito por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente,y_o boletín de instalación,sellados por la jefatura de inspección de telecomunicaciones correspo
    • Ensayo acústico (Certificación Acústica Integral de Edificios)
      • Expedido por laboratorio acreditado. Licencias solicitadas a partir del 1 de enero del 2006
    • Escritura de declaración de obra nueva.

 

  • Si se trata de una vivienda unifamiliar
    • Certificado acreditativo del aislamiento acústico o la innecesariedad del mismo.
      • Certificado acreditativo del aislamiento acustico de los elementos que constituyen los cerramientos verticales de fachada y medianeras, el cerramiento horizontal y los elementos de separacion con salas que contengan fuentes de ruido

 

  • Si se trata de una obra de nueva construcción o de habilitación de cambra a vivienda en donde sea de aplicación el CTE DB HE-1. (Para licencias de obra solicitadas a partir del 4 de marzo de 2011)
    • Documento de Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificio Terminado

 

Tributos y precios públicos

  • - B.III.1. - ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS RELATIVOS A ACTUACIONES URBANISTICAS, INSPECCIONES TECNICAS Y EXPEDICION DEDOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.
    • 1.- Constituye el hecho imponible de la tasa regulada en esta Ordenanza el que, por la Corporación se tramiten, a instancia departe, toda clase de documentos que expida y de expedientes de que entienda la Administración o autoridades Municipales, de conformidad con el art. 20 apartado 4 letra a) de la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales.2.- A estos efectos, se entenderá tramitada a instancia de parte cualquier documentación administrativa que haya sido provocada por el particular o redunde en su beneficio aunque no haya mediado solicitud expresa del interesado.3.- No estará sujeta a esta tasa la tramitación de documentos y expedientes necesarios para el cumplimiento de obligacionesfiscales, así como las consultas tributarias, los expedientes de devolución de ingresos indebidos, los recursos administrativoscontra resoluciones municipales de cualquier índole y los relativos a la prestación de servicios o realización de actividades de competencia municipal y a la utilización privativa o el aprovechamiento especial de bienes del dominio público municipal, que estén gravados por otra tasa municipal o por los que se exija un precio público por este Ayuntamiento.

 

Forma de presentación

  • Presencial
    En la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Benaguasil.
  • Trámite telemático benaguasil.sedipualba.es

 

Recurso

  • Tipo de recurso
    • RENTAS - Recurso Reposición
      • Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, haciéndole saber que la trascrita resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella puede interponer el siguiente recurso:                                                                                                                                                     Recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución en el término de un mes, a partir de la fecha siguiente al de recepción de esta notificación, según lo que dispone el art.14.2 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y conforme a lo establecido en el art. 108 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada por el art.21.1 de la Ley 50/98 de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

 

  • Plazo del recurso
    • 30 día/s

 

Observaciones

Es importante indicar en la solicitud telefono/s a los efectos de practicar la correcta visita de inspeccióna la vivienda, solicitándose cita para la misma.

La Primera Ocupación tendrá un periódo de validez de diez años a partir de su fecha de expedición.

 

Normativa 

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
BENAGUASIL - P4605100I
Plaza mayor de la vila, 17
46180 BENAGUASIL (VALENCIA)
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