A través de escrito la persona o entidad a la que el Ayuntamiento previamente le haya reclamado indemnización por daños en el patrimonio municipal, podrá presentar alegaciones o propuestas que considere oportunas.
Estos expedientes tiene por finalidad la reparación de los daños causados por terceros en los bienes de dominio público o patrimoniales del Ayuntamiento.
A tal efecto la administración inicia procedimiento de reclamación del daño causado.