El recurso de reposición está previsto tanto en la tramitación judicial como contra una resolución administrativa. En ambos casos se presenta ante la misma autoridad que dictó el acto (si se trata de un proceso judicial) o ante el órgano administrativo que dictó el acto administrativo (en cuyo caso rige la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común).
Recurso de reposición artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común