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GT_001 - Alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

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GT_001 - Alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

Se deben dar de alta en el impuesto municipal, los vehículos nuevos y los vehículos que se matriculan por primera vez en España. Mas información:  DGT → Alta y Rehabilitación → Tasas del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica 

 

Documentación a aportar

  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Declaración de alta en el IVTM.
    • Ficha técnica del vehículo.

 

  • Pago mediante transferencia bancaria.
    • Justificante de la transferencia realizada.

 

Tributos y precios públicos

  • - C.IV. - ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
    • De conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, este Ayuntamiento tiene aprobada la regulación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, con sujeción a lo dispuesto en los artículos 93 a 100 de dicha Ley., preceptos aplicables de la Ley General Tributaria y disposiciones que la complementan y desarrollan y por la presente Ordenanza Fiscal.

 

Forma de presentación

  • Presencial
    En la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Benaguasil.
  • Trámite telemático benaguasil.sedipualba.es

 

Normativa 

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
BENAGUASIL - P4605100I
Plaza mayor de la vila, 17
46180 BENAGUASIL (VALENCIA)
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