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TES_002 - Prorrateo en la cuota de tributos

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TES_002 - Prorrateo en la cuota de tributos

¿Qué es? Consiste en el prorrateo de las cuotas en alguno de los siguientes tributos con motivo de:

- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, por baja definitiva del vehículo, o baja temporal por sustracción o robo, desde el momento que se produzca dicha baja temporal en el registro.

- IAE, por cese de la actividad.

-VADO.

¿Para qué sirve? El prorrateo corresponde a los trimestres naturales en los que no se haya realizado la actividad o prestado el servicio, de este modo solo se paga los trimestres del año natural en que aun eres titular del vehículo (IVTM) o aun ejerces la la actividad (IAE)

¿Quien debe solicitarlo? Los sujetos pasivos y responsables del tributo, o interesados.

¿Qué derechos proporciona? La resolución favorable de la Administración concederá al sujero pasivo la devolución del tributo en la parte correspondiente a los trimestres naturales en los que no se haya sido titular de vehículo por la baja del mismo, o no se haya ejercido la actividad por cese.

¿Qué obligaciones comporta? Son requisitos para tener derecho al prorrateo de la cuota del IVTM o IAE, ser interesado directo que resulte afectado en el procedimiento.

¿Colectivos afectados? La resolución acerca del prorrateo de las cuotas en algun de los tributos mencionados (IVTM e IAE), únicamente afecta al sujeto pasivo que lo solicita.

¿Qué recursos pueden interponerse ante la resolución? Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.


 

Documentación a aportar

  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Justificación prorrateo del tributo

 

  • Si se solicita en nombre de otra persona física o jurídica
    • Documento acreditativo de la representación

 

Forma de presentación

  • Presencial
    En la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Benaguasil.
  • Trámite telemático benaguasil.sedipualba.es

 

Recurso

  • Tipo de recurso
    • RENTAS - Recurso Reposición
      • Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, haciéndole saber que la trascrita resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella puede interponer el siguiente recurso:                                                                                                                                                      Recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución en el término de un mes, a partir de la fecha siguiente al de recepción de esta notificación, según lo que dispone el art.14.2 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y conforme a lo establecido en el art. 108 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada por el art.21.1 de la Ley 50/98 de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

 

Normativa 

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
BENAGUASIL - P4605100I
Plaza mayor de la vila, 17
46180 BENAGUASIL (VALENCIA)
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